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Absuelven a dos hermanos acusados de amenazar con gestos a los escoltas de un concejal

   

EUROPA PRESS | Madrid

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto este viernes a los hermanos Daniel y Xabier Saralegui acusados de la comisión de un delito de amenazas terroristas y de gritar a los escoltas de un concejal de Unión del Pueblo Navarro (UPN) ‘Hijos de puta, txakurras, vais a morir’.

El tribunal asegura que los hechos “no han quedado probados en modo alguno” y destaca que no sólo los acusados negaron en el juicio haberse dirigido de los agentes en términos amenazantes sino que una testigo imparcial indicó en la vista que la discusión iniciada entre ambos parecía “una discusión de tráfico”.

Los dos hermanos se enfrentaban a una petición de pena de un año y ocho meses de prisión por esta trifulca, que se remonta a noviembre de 2010, cuando se enfrentaron a los agentes, a los que, según aseguraban los propios policías implicados en el enfrentamiento, amenazaron de muerte.

Los escoltas concretaron que cuando caminaban hacia su vehículo oficial uno de ellos, Daniel, metió la mano en un bolsillo y, al sacarla, hizo ademán de activar un mando a distancia, en un gesto que ellos interpretaron como imitación de la acción previa a la explosión de un turismo.

No obstante, el tribunal pone de manifiesto que este gesto con las manos fue calificado por la testigo como una señal “de déjame en paz” en contestación a la gesticulación que también realizaban los dos supuestos amenazados.

“Carece de credibilidad que un escolta, en servicio, si ve a una persona empuñar un mando y hacer un gesto como de activarlo, no advierta a la personalidad que protege ni haga gesto de protección alguno”, especifica la resolución que califica la versión de los policías como “plagada de contradicciones”.

¿Delito terrorista?

Los magistrados Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y Clara Eugenia Bayarri defienden en su sentencia que ni siquiera en el caso de que los hechos se hubieran desarrollado de este modo habrían constituido delito terrorista ya que este está previsto “para los más graves ataques a la democracia y a la convivencia pacífica”.

Advierten, además, debe “evitarse con exquisito celo” abusar del concepto de terrorismo ya que degradar el término conduciría “a la pérdida de las garantías democráticas”.

Los dos acusados, representados en el juicio por la abogada Amaia Izco, desmintieron en la vista oral la versión de los agentes y explicaron que se encontraban en su portal esperando a un primo con el que habían quedado cuando observaron que uno de los escoltas les miraba desde la acera de enfrente.

A partir de este punto los dos coincidieron en que vieron al policía “hacer gestos” y “pegar gritos” que no llegaron a entender y agregaron que ellos también realizaron muecas y les pidieron que les dejaran en paz.

Además, indicaron que mantenían buena relación con el concejal de UPN al que protegían los policías que –precisaron– incluso intercambiaba saludos con el padre de ambos al que conocía por su trabajo como encargado de la sala de togas de la Audiencia Provincial.