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Las guarderías públicas de las Islas carecen de plan de autoprotección

   
En la provincia tinerfeña hay nueve guarderías adscritas a la Consejería regional de Políticas Sociales. | DA

En la provincia tinerfeña hay nueve guarderías adscritas a la Consejería regional de Políticas Sociales. | DA

JOSÉ LUIS CÁMARA | Santa Cruz de Tenerife

Aprobado por el Ministerio del Interior en 2007, el Real Decreto 393 puesto en marcha por el Gobierno del PSOE tenía por objeto regular la normativa básica de autoprotección de los centros y dependencias dedicadas a actividades que pudieran dar origen a situaciones de emergencia. En dicho documento, que incluye sanciones de hasta 600.000 euros, contempla en uno de sus anexos a aquellos establecimientos de “uso docente” especialmente destinados a personas discapacitadas físicas o psíquicas o a “otras personas que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios”, como es el caso de las escuelas infantiles para niños de 0 a 3 años de edad, así como cualquier otro establecimiento de uso docente siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 metros o de una ocupación igual o superior a 2.000 personas.

Siete años después de que se pusiera en marcha ese decreto, y a pesar de episodios tan graves como los acontecidos en el Madrid Arena en 2012, son pocos los centros públicos del Archipiélago que cuentan con planes de autoprotección adecuados a la normativa vigente. Entre ellos, las 13 escuelas infantiles públicas de las Islas (9 en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y 4 en la de Las Palmas), según reconocieron a este periódico desde la propia Consejería de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias.

Tienen las medidas necesarias
Según las mismas fuentes, las guarderías todavía no cuentan con un plan de este tipo, aunque “se encuentran en vías de desarrollarlo” y “cuentan con todas las medidas de seguridad y emergencia necesarias”. El problema estriba, sin embargo, en que el propio Ejecutivo autonómico puso en marcha hace ahora un año el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección para todos aquellos centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, en el que a día de hoy todavía no está inscrita ninguna de estas 13 escuelas infantiles.

En el documento aprobado por el Gobierno regional, publicado en el BOC el 1 de marzo de 2013, se establece la “obligación de elaborar, implantar materialmente y mantener operativos los planes de autoprotección, determinando el contenido mínimo que deben incorporar estos documentos en aquellos centros, establecimientos y dependencias dedicados a las actividades susceptibles de generar situaciones de emergencia”.

El ámbito de aplicación de este registro detalla que la inscripción será “obligatoria” para los titulares de los centros y dependencias existentes en la Comunidad Autónoma de Canarias, dedicados a alguna de las actividades incluidas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección aprobada por el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, como es el caso de las guarderías públicas. Entre las finalidades que establece este Registro Autonómico de Planes de Autoprotección se citan la inscripción de los datos relevantes para la protección civil de los planes de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias, dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia; la gestión de la documentación registral, especialmente la que se debe facilitar a los servicios públicos de protección civil y atención de emergencias; o la necesaria actualización periódica de los datos a los responsables de los planes de autoprotección inscritos. Estos, en términos generales, establecen el marco orgánico y funcional previsto para un centro, establecimiento, espacio, instalación o dependencia, al objeto de prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes y “dar respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia”, en la zona bajo responsabilidad del titular de la actividad, garantizando la integración de estas actuaciones con el sistema público de protección civil. Aborda la identificación y evaluación de los riesgos, las medidas necesarias para la prevención y control de riesgos, así como las medidas de protección y otras actuaciones a adoptar en caso de emergencia.

Falta de personal formado en emergencia
Expertos consultados por este periódico confirman que la normativa básica de seguridad de las guarderías, así como otros planes elaborados para tal fin, como puedan ser los planes de emergencia y de evacuación, son menos completos y no deben confundirse con el plan de autoprotección, que entre otras exige a los centros que estén organizados y su personal formado para actuar en caso de emergencia.

“Los niños también son parte activa de la evacuación, si esta tuviera lugar, por lo que han de aprender también cómo actuar en caso de emergencia, aunque sea jugando”, subrayan las mismas fuentes, quienes destacan que el plan de autoprotección contempla además su divulgación y mantenimiento, lo que significa que tiene especial interés en que los usuarios lo conozcan y sepan cuál es su papel específico dentro de él (cursos de formación a los trabajadores, cartelería informativa, etc.) y lo pongan en práctica de forma periódica (simulacros).

La Norma Básica de Autoprotección recoge unos requisitos esenciales de obligado cumplimiento, atendiendo a criterios como el aforo y ocupación, la vulnerabilidad de la instalación, la carga de fuego, la cantidad de sustancias peligrosas, las condiciones físicas de accesibilidad de los servicios de rescate y salvamento, el tiempo de respuesta de estos servicios de rescate y salvamento, la posibilidad de efecto dominó y daños al exterior, las condiciones del entorno y otras condiciones que pudieran contribuir al riesgo.

Definiciones
Plan de Evacuación. Establece el protocolo a seguir para evacuar el centro y forma parte del Plan de Emergencia.

Plan de Emergencia. Contempla el protocolo para actuar en caso de todo tipo de emergencia (incendio, lluvias, enfermedades, accidentes…) y contiene el Plan de Evacuación.

Plan de Autoprotección. Es la documentación encaminada a organizar los recursos, tanto materiales como humanos para conseguir la prevención de los riesgos existentes, garantizar la evacuación y dar respuesta a las posibles emergencias. Contiene un Plan de Emergencia, y por tanto, también uno de evacuación.

Protocolo de actuación en un centro infantil. Las principales medidas de acción que debe contemplar el plan de autoprotección son: transmitir la alarma, interrumpir la clase, disponer a los niños en orden dispuestos a salir del aula, cerrar puertas y ventanas en caso de incendio, esperar el turno de evacuación, conducir a los niños siguiendo las vías de evacuación hacia un lugar seguro, comprobar que el centro queda vacío, realizar un recuento de niños, comprobando que están todos y cubrir sus necesidades.

Precauciones. Los expertos en seguridad laboral y prevención afirman que, ante una eventual emergencia no se debe correr, perder la calma, retroceder a recoger objetos, utilizar los ascensores, bloquear las salidas ni los recorridos de evacuación. De igual modo, los centros han de estar organizados y su personal formado para actuar en caso de emergencia, ya que una persona con formación reaccionará mejor y más rápido que otra que no la haya recibido.