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Una jueza de Tenerife retira la custodia de una hija por el “escollo” del catalán

   

DIARIODEAVISOS.COM | Santa Cruz de Tenerife

Una jueza de Tenerife ha decidido retirar a una madre la custodia de su hija de cuatro años porque se ha trasladado a vivir a Ripollet (Barcelona) por motivos laborales, alegando que no se ha acreditado que la niña esté adaptada al catalán y que esta circunstancia no suponga un “escollo” en su evolución.

En la resolución judicial a la que ha tenido acceso este diario, la titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Güímar (Tenerife) apunta que, ante la falta de entendimiento de los padres sobre la custodia de la hija, se debe preservar el interés superior de la menor, es decir, su normal evolución. Esgrime como causas de su decisión “la inmersión lingüística, la falta de lazos familiares y el horario de la mujer”.

La magistrada sostiene en su texto que la menor ha ido a vivir a una comunidad autónoma “definida por unas características especiales de integración, pues al hecho de adaptación normal a un cambio de territorio o de costumbres, ha de añadirse la dificultad de tener que aprender una lengua cooficial al castellano, el catalán, que de todos es conocido, es lengua empleada por gran parte de la sociedad catalana, así como por las escuelas”. Además, la juez subraya que no se ha podido acreditar que la menor “esté adaptada con el idioma (en referencia al catalán) y que dicha circunstancia no esté suponiendo un escollo en su evolución”.

La jueza también argumenta la retirada de la custodia a la madre porque la mujer trabaja y tiene menos tiempo: “El padre está en el paro y, por este motivo, tiene una disponibilidad horaria mayor”.
La custodia, en consecuencia, ha sido atribuida al padre. Su madre tendrá que pagarle una pensión de 200 euros, sin contar gastos extraordinarios.

Incumplimientos reiterados
El padre de la menor, con el que ha contactado este diario, ha querido insistir en que el factor del catalán no es la causa principal en que se basa la sentencia, sino “los reiterados incumplimientos en el régimen de visitas de la madre”. Explica Garoé Segura que de un día para otro su expareja se llevó a la niña sin comunicárselo previamente ni pactar otro régimen de visitas. “Me llamó y me dijo que no fuera a buscarla al colegio porque se iba ese día a Barcelona. Había tomado la decisión dos meses antes, pero no me lo comunicó ni a mí ni al juez”. Eso, unido a los lazos familiares y las dificultades de la pequeña para adaptarse, fueron el germen de la sentencia, insiste el padre, que considera que se ha resaltado demasiado el aspecto idiomático.