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Libertad y seguridad – Por Leopoldo Fernández

   

Estos días se están ventilando algunas normas y varias cuestiones de especial interés para el estado de derecho. Entre otras, la Ley de Seguridad Ciudadana y los efectos de recientes manifestaciones de protesta contra las políticas del gobierno que terminaron con graves y violentos incidentes y agresiones a policías nacionales. El derecho de reunión, como el de manifestación y el de libre expresión, es uno de los considerados fundamentales en nuestra Carta Magna porque afecta a la dignidad de la persona y a las libertades públicas, de ahí que su cumplimiento obliga a todos, empezando por las autoridades. Tales derechos no tienen más límites que los previstos en las leyes y, en todo caso, el respeto a los derechos ajenos. Por tanto, cualquier restricción o limitación no puede justificarse salvo por la concurrencia de circunstancias muy excepcionales que afecten al orden público y/o a posibles daños a bienes y personas. Y si colisionaran algunos derechos, ya se sabe que priman siempre los fundamentales. El que algunos extremistas y revolucionarios lleven la violencia a las manifestaciones no es motivo suficiente para el acotamiento de éstas; lo lógico es que los propios protagonistas de las protestas expulsen de ellas a quienes las infravaloran y cuestionan -porque se sirven las mismas para sus fines espurios y agresivos- y que las autoridades policiales y judiciales apliquen las leyes con toda la severidad a su alcance. Y si no fuera suficiente, cámbiense o endurézcanse las leyes para que quienes actúan como basura social o filoterroristas urbanos sean severamente castigados. No vale por tanto confundir las cosas, ni parece tampoco razonable que, como propone la alcaldesa de Madrid, se intenten montar recorridos especialmente creados -como los sambódromos en el carnaval brasileño- para todo tipo de manifestaciones porque se coartaría el derecho a protestar allí donde se considere más oportuno, dentro siempre de las normas legales vigentes. Por tanto, rigurosa aplicación de la ley y, en su caso, endurecimiento de ésta por la acción violenta de los revoltosos y enemigos del estado, sí; modulación y acotamiento de las manifestaciones, no. Lo mismo cabe decir de la Ley de Seguridad Ciudadana, sobre la que el gobierno del PP ha recibido un severo revolcón -a modo de advertencia, para que corrija el texto a su paso por el Congreso de los Diputados- por parte del Consejo General del Poder Judicial y de varias autoridades en materia de derechos fundamentales. No vale la mera sospecha para actuar con prepotencia y contraponer seguridad y libertades formales. Éstas tienen prioridad y por tanto deben ser garantizadas y respetadas por todos, incluidos los agentes de la autoridad.