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El Consultivo duda que se respete “plenamente” la autonomía local

   
Imagen de archivo de una reunión conjunta de la Fecam y la Fecai, en Tenerife. / DA

Imagen de archivo de una reunión conjunta de la Fecam y la Fecai, en Tenerife. / DA

DOMINGO NEGRÍN MORENO | Santa Cruz de Tenerife

En su dictamen preceptivo, aunque no vinculante, sobre el proyecto de ley de inversiones estratégicas, el Consejo Consultivo emplaza al Gobierno de Canarias a que garantice el “pleno respeto de las competencias materiales de las distintas administraciones públicas que se pudieran ver afectadas”. A tal efecto, aconseja que el Comité solicite los correspondiente informes para la tramitación de los expedientes.

Si bien entiende que la iniciativa no incide en el régimen competencial, sino en el procedimiento, el Consultivo observa una “influencia sobre la autonomía de las entidades locales”. La declaración de inversiones estratégicas origina “una supuesta tramitación preferente con reducción de los plazos administrativos”, subraya.
En el escrito fechado el 22 de julio y entregado por el Ejecutivo regional al Parlamento, el 6 de agosto, como anexo al proyecto de ley, el Consejo Consultivo recuerda que, de conformidad con los artículos 137 y 140 de la Constitución, la autonomía local “se configura como una garantía institucional con un contenido mínimo que el legislador debe respetar y que se concreta, básicamente, en el derecho de la comunidad local a participar a través de órganos propios en cuantos asuntos les atañen”.

Desde esa perspectiva, la cuestión está en determinar qué interés prevalece sobre el municipal. En este punto, el Consultivo interpreta que solo en relación a una obra en particular podrá valorarse si la competencia autonómica se ha mantenido “dentro de los límites”. Más allá de esos márgenes, subraya este órgano, “la autonomía local es un concepto jurídico que permite configuraciones legislativas”.

Entre las alegaciones aportadas, la Federación Canaria de Municipios (Fecam) pone reparos acerca de las circunstancias que deben concurrir para que una inversión pueda ser declarada de interés estratégico. “Los criterios no están tasados ni se aclara si siguen algún tipo de preferencias o jerarquía”, apunta. “Tampoco están vinculados a unas cifras, siquiera mínimas, que deban superarse para asegurar su impacto en la economía o su capacidad para movilizar inversión”. Analizado el documento, la Fecam recomienda que se revise la redacción para “evitar que los términos imprecisos produzcan un efecto perturbador para la seguridad jurídica”.
Los ayuntamientos insisten en la idea de que cualquier proyecto inversor no merece ser calificado como de “especial relevancia”. De ahí que aboguen por que se asocie a un “modelo de desarrollo sostenible”. En aras a espantar el fantasma de la “judicialización” de los proyectos, la Fecam reclama que la declaración de interés estratégico sea acordada por las tres administraciones.