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El juez da por reconstruido el auto desaparecido en el caso Corredor

   

VICENTE PÉREZ | Santa Cruz de Tenerife

El juez del caso Corredor, César Romero Pamparacuatro, ha dado por buenas las escuchas policiales llevadas a cabo, pues, pese a que había desaparecido del sumario el auto judicial que les daba cobertura, dictado en abril de 2010, el juez considera reconstruidos los autos.

Deduce el instructor de esta causa por las pruebas practicadas que la resolución judicial que permitió intervenir los teléfonos del empresario de la noche lagunera Evaristo González y el alcalde de La Laguna y candidato de CC a presidir el Gobierno canario, Fernando Clavijo -ambos entre los 44 imputados- “se dictó y existe en autos, con un contenido íntegro y literal”. Pamparacuatro se basa en que hay constancia como copia de ese auto entregada por la Fiscalía, “cuya posesión consta en virtud de notificación documentada por la Secretaría judicial en la diligencia de 28 de mayo de 2010 expedida por la secretaria judicial [...] y que el mismo se dictó como consecuencia del oficio policial de la UDEF de fecha 21 de abril de 2010, del cual dimana el auto objeto del proceso reconstructivo”, relata el juez en una resolución dictada el 6 de marzo.

Esta decisión judicial echa por tierra la estrategia de la defensa, que había pedido la anulación de las escuchas por la desaparición del auto de 2010, si bien el portavoz de los abogados de los imputados, Carlos Álvarez, avanzó anoche que presentarán recurso ante la Audiencia Provincial.

Cabe recordar además que sobre la pérdida del auto original se han abierto incluso diligencias de investigación al sospechar el juez de que lo pudo sustraer el citado empresario, al que se le atribuye buena parte del negocio del Cuadrilátero lagunero, a raíz precisamente de una de las escuchas telefónicas.

El Ministerio Público, como consta en el auto de esta pieza de reconstrucción del sumario, alegó que “ es cierto que el auto de 21 de abril de 2010 no se encontraba grabado en el sistema Atlante en la referida fecha, sino el 23 de abril de 2010; no obstante, esta afirmación, en ningún caso, puede conducir a cuestionar la realidad de la fecha del auto controvertido, pues no se puede vincular la existencia de un auto a su constancia informática en el sistema Atlante, o incluso simplemente su registro informático de cualquier otro orden”. “La única obligación de registrar las actuaciones en las aplicaciones informáticas surge con posterioridad a la fecha controvertida, pero debe aclararse que aún cuando estuviera vigente cualquier disposición normativa al efecto, tampoco podría condicionarse la validez de un auto a su constancia informática, pues pudiera darse la situación de la existencia de un auto debidamente incorporado al proceso y que, por los motivos que pudiera existir, no apareciera inserto en los dispositivos informáticos, sin que ello afectara lo más mínimo a su validez”, argumenta la fiscal, María Farnés, en apoyo de la actuación de Pamparacuatro.