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El Gobierno da más protagonismo a las empresas en la negociación

   

EFE | MADRID

El Gobierno aprobó su reforma de la negociación colectiva, que reduce los plazos máximos de renovación de los convenios, establece el arbitraje para los casos en que no sea posible el acuerdo y da más protagonismo al convenio de empresa frente al provincial.

En palabras del ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, el real decreto ley establece una reforma “equilibrada y profunda”. Así, se reduce el peso “excesivo” de los convenios provinciales y se da más flexibilidad a las empresas para cambiar las condiciones de trabajo y evitar así los despidos. Al mismo tiempo, se mantienen los derechos de los trabajadores, ya que se ha evitado que, ante la falta de acuerdo, un convenio decaiga y se pierda la denominada ultraactividad, que su-pone la prórroga automática hasta que se pacte uno nuevo.

El real decreto ley, que previsiblemente se tramitará como proyecto de ley, fija el plazo máximo para renovar un convenio a entre 8 y 14 meses, frente a los 12 y 18 meses que había planteado ayer Gómez y los 20 meses que aparecían en el primer borrador.

Para los convenios con una duración de dos años, el plazo máximo será de 8 meses, mientras que el tope de 14 meses se aplicará a los convenios con una vigencia superior a los 24 meses.

Si no hay acuerdo, las diferencias se llevarán a las comisiones paritarias de las empresas (formadas por los representantes de los trabajadores y del empresario) y si tampoco es posible el consenso sindicatos y compañía irán “obligatoriamente” al procedimiento de arbitraje, precisó Valeriano Gómez en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Otra novedad es que el convenio de empresa tendrá prioridad sobre el provincial en materia de cuantía de salarios, jornada, funciones y traslados. En flexibilidad interna se obliga a que, entre los contenidos mínimos de un convenio, haya medidas de este tipo para favorecer la competitividad y poder adaptarse a las circunstancias económicas. La que aporta el Ministerio de Trabajo es que, como máximo, un 5 % de la jornada anual se podrá distribuir de forma irregular.

A juicio del vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, la reforma se basa en un “equilibrio sustantivo” entre la flexibilidad que necesitan las empresas para crear empleo y la seguridad de los trabajadores, y se fundamenta en lo consensuado por la CEOE, CC.OO. y UGT antes de que rompieran las negociaciones, el 2 de junio.

No opinan lo mismo los sindicatos, que lamentan que el Gobierno haya aprobado la reforma “unilateralmente” y confían en recuperar la negociación con la CEOE. En esta línea, el vicepresidente primero de la CEOE, Arturo Fernández, afirmó que la patronal seguirá dialogando con las centrales.

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Las pérdidas

El reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) concreta que los empresarios que justifiquen despidos colectivos en la previsión de pérdidas deberán presentar un informe que las cuantifique y establezca si tienen un carácter permanente o transitorio. El borrador inicial del Gobierno decía que la previsión de pérdidas “meramente coyuntural” no podía servir a los empresarios para justificar despidos objetivos, como recordó ayer Valeriano Gómez. Sin embargo, al final se ha incluido la recomendación del Consejo de Estado, en el sentido de que el empresario deberá acreditar si las pérdidas previstas tienen carácter permanente o transitorio “a efectos de justificar la razonabilidad” de los despidos y conocer si está amenazada la viabilidad de la empresa”.
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