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La Junta Electoral Central ha pedido a los consulados hacer un esfuerzo para facilitar “al máximo” la recepción del voto

   

EFE | Madrid

La Junta Electoral Central (JEC) ha pedido a los consulados españoles hacer un esfuerzo para facilitar “al máximo” la recepción del voto de los electores residentes en el extranjero.

La JEC ha autorizado que todos los sobres con papeletas electorales recibidos por las oficinas consulares con matasellos anterior al día 20 de noviembre sean remitidos al Ministerio de Asuntos Exteriores para que se tengan en cuenta en el escrutinio.

Este acuerdo se recoge en una resolución del máximo órgano electoral hecha pública hoy.

Los españoles residentes en el exterior, es decir, los inscritos en el CERA, pueden votar por correo hasta el día 15 o en urna, entre el 16 y el 18.

No obstante, la JEC considera que las dificultades que ha habido en determinadas circunscripciones respecto a la elaboración de las papeletas electorales y su posterior envío por correo a los votantes del CERA obliga a adoptar “medidas excepcionales”.

Por ello, pide a los consulados que también remitan a Madrid los sobres con papeletas “aun cuando se reciban con posterioridad” al día 18.
Los votos depositados en urna o remitidos por correo a los consulados son enviados a Exteriores, que a su vez los traslada a las juntas electorales provinciales para su escrutinio.