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Hablemos del aborto – Por Sergio García de la Cruz

   

Una cosa está clara, el Gobierno reinante (reinante por aquello del absolutismo) no quiere abandonar el poder sin que sea de los más recordados después del de Franco. Todos los meses nos vemos sorprendidos con nuevos proyectos o cambios bastantes sustanciales. Cierto es que hay cosas que deben cambiar, pero, deben ser para mejor. Uno de los cambios de los que hablamos es sobre el aborto, no cabe duda que es un tema muy controvertido y existe mucha disparidad de opiniones sobre él. En Europa el aborto es legal y está basado en un sistema de plazos. En dos de ellos son totalmente restrictivos y está completamente prohibido, estos son: Malta y El Vaticano, el resto en su mayoría hasta las doce semanas de embarazo es libre. En España en su ley actual el plazo está (aun) en catorce semanas. Atrás quedó la época en la que muchas mujeres salían de este para poder abortar, algunas a su regreso eran detenidas, juzgadas y condenadas por ello a penas de prisión. Pero, ¿volverán las oscuras golondrinas? En EE.UU., tras la sentencia de Roe V. Wade se legalizo el aborto, de esto ya han pasado 41 años. Con esta sentencia el Tribunal determinó que la ley estatal de Texas que permitía el aborto solo para salvar la vida de la mujer, iba contra la decisión de una mujer a abortar que estaba protegida por su derecho a la vida privada. El Supremo determinó que el Estado no puede prohibir el aborto en el primer trimestre, pero dejó abierta la puerta a que los estados impusieran ciertas regulaciones a partir del segundo trimestre, o incluso prohibir el aborto en el último trimestre, cuando el feto es viable fuera del útero. Hoy, la ciencia médica priva de fundamento a cualquier sistema de plazo que no venga, al menos, motivado y sustentado. Es clara la situación económica tan mala que estamos atravesando y como no podía ser de otra manera, también influirá en el aborto, criar a un hijo no solamente acarrea una gran responsabilidad, sino que también supone un gran coste económico, que cifran en unos 180.000 euros hasta los 18 años. Ya el Tribunal Supremo no castigó el aborto en un caso por estado de necesidad, se trataba de una familia con tres hijos muy pequeños, en situación de desempleo y sin cobertura, con la obligación de atender a los niños que ya constituían ese hogar, el nuevo nacimiento podría causar la imposibilidad de atenderlo en términos de dignidad humana, que sin duda era el deseo de los padres: sacar adelante a los tres hijos pequeños. Otro hijo más no solamente perturbaría su atención, sino que se verían afectadas también la de los otros tres. Visto este caso, qué ocurrirá con la nueva ley del aborto que lo prohíbe en general excepto si existe menoscabo importante y duradero para la salud física y psíquica de la mujer, un peligro importante para su vida o en caso de violación. Fuera de estos, y en su caso, ¿se podrá estar amparado en un estado de necesidad?