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Penas de cárcel para seis de los siete acusados por el mamotreto

   
mamotreto de Las Teresitas

Imagen de archivo del llamado mamotreto de Las Teresitas. | DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

Seis de los siete acusados por el llamado caso Mamotreto, que dirime la supuesta ilegalidad de la edificación de un inmueble a la entrada de la santacrucera playa de Las Teresitas, han sido condenados a penas de cárcel que oscilan entre un año y seis meses al considerar la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 5 de la capital tinerfeña que son autores de los delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio, tal y como se recoge en sentencia hecha pública ayer. La excepción en esta sentencia condenatoria fue la también exedil y hoy directora general de la Administración General del Estado en La Gomera, Luz Reverón, absuelta de todos los cargos.

En el epílogo del fallo se acuerda la demolición del inmueble “a cargo, por partes iguales, de los acusados que han sido condenados a través de la presente de las obras ilegales”.

Las mayores condenas han sido para el exedil Manuel Parejo y para la jefa del Servicio de Obras Loreto Ariz, con un total de tres años de prisión como autores de tres delitos, dos de ellos de prevaricación urbanística y el tercero contra la ordenación del territorio.

Según se detalla en la sentencia, ese mayor castigo para Parejo se debe a su “activa participación que tuvo durante la aprobación, tramitación e impulso del proyecto analizado además de haber ocupado, durante la mayor parte de dicha tramitación, el cargo de Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo”. Parejo también ha sido condenado a un total de 15 años de inhabilitación para empleo o cargo público.

En cuanto a Ariz, la magistrada justifica en la sentencia esa mayor punición en su “participación absolutamente activa que tuvo la misma durante la tramitación del expediente constando tanto antes como después de las sesiones del Consejo Rector los informes emitidos por la misma pese a las irregularidades advertidas y que eran evidentes”.

Al también exedil Norberto Plasencia se le ha condenado a un total de 27 meses de prisión, nueve por cada delito, así como a 15 de inhabilitación para empleo o cargo público. Dicha pena “se considera ajustada a las circunstancias del autor y de los hechos, teniendo en cuenta la activa participación que, al igual que Manuel Parejo, tuvo en la tramitación del expediente, con especial consideración a su condición de concejal delegado en materia de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, en cuyo servicio se tramitó el expediente analizado”.

Por lo que respecta al cuarto exconcejal encausado, José Domínguez, le ha correspondido un total de 18 meses de prisión, seis por cada uno de los tres delitos, y un total de 15 años de inhabilitación para empleo o cargo público. La magistrada tuvo en cuenta “la actitud que él mismo adoptó en las sesiones del Consejo Rector en las que participó siendo conocedor de las irregularidades que padecía el proyecto informado”.

Los dos condenados restantes lo son por solo un delito de prevaricación más el contrario a la ordenación del territorio. Al ex director general de Política Territorial del Ayuntamiento Epifanio Gómez se le ha condenado a 18 meses de prisión (nueve por cada delito) y a un total de ocho años de inhabilitación para empleo y cargo público. La sentencia destaca que “tenía conocimiento de las vicisitudes del proyecto tanto antes como después de su aprobación, pese a lo cual se prestó a emitir los informes que han sido cuestionados”.

Por último, a la también funcionaria y técnica municipal Candelaria Benítez se le impuso una pena de 12 meses de prisión (seis por delito) y ocho años de inhabilitación. La magistrada reseña al respecto que “fue la autora del único informe jurídico que sirvió de base para la aprobación del proyecto cuestionado”.

Hechos probados
En resumen, la sentencia considera probado que en 2004 Parejo (concejal de Urbanismo entonces), Domínguez (concejal de Infraestructuras y Obras) y Plasencia (concejal) “decidieron arbitrariamente iniciar, tramitar e impulsar el procedimiento administrativo dirigido a la aprobación, adjudicación y ejecución de las obras” del llamado mamotreto a pesar de que sabían “que el Proyecto Fase II no se ajustaba a la normativa urbanística, que además debía ser sometido a Evaluación de Impacto Ecológico, y que adolecía de las autorizaciones administrativas sectoriales que era preceptiva por estar afectados bienes demaniales intangibles, contempladas en el mismo”.

El expediente se abrió con informe favorable de Gómez como director general de Política Territorial, a los que luego se sumaron los de Loreto Ariz (jefa de Servicio) y Candelaria Benítez (asesora legal), a pesar de que también eran conscientes de las irregularidades descritas.
Con posterioridad, los ahora condenados continuaron impulsando el proyecto para, según dice la magistrada, “seguir con el plan urdido”.

Fallo sentencia mamotreto1

Fallo sentencia mamotreto2