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La capital premiará a las empresas que apliquen cláusulas sociales

   
CALLE Castillo SANTA CRUZ

Los vecinos de Santa Cruz son los principales beneficiados de las nuevas condiciones de contratación. / S. M.

NATALIA TORRES | Santa Cruz de Tenerife

Era una petición largamente demandada e incluso se consiguió que se aprobara una moción por unanimidad de la mano de Sí se puede para que el Ayuntamiento de Santa Cruz aplique cláusulas sociales en las contrataciones del Consistorio. Esta fórmula busca luchar contra el desempleo y la desigualdades consiguiendo con ello una mayor integración de los vecinos de la capital. El pasado lunes, la Junta de Gobierno de la ciudad dio un paso más en este sentido y aprobó una instrucción para, por un lado, conseguir que se agilicen las contrataciones del Consistorio y, por otro, incorporar una serie de cláusulas denominadas sociales, que se aplicarán a las empresas que accedan a los concursos públicos, obteniendo una mayor puntuación si cumplen con estos condicionantes. Entre ellos está fomentar la igualdad, contratar a desempleados de larga duración o a discapacitados en número superior al que ya establece la ley.

Así lo explicó la concejal de Asuntos Sociales, Alicia Álvarez, quien se mostró satisfecha por una apuesta tan decidida por la integración: “Es un paso más para la inclusión social y con él damos cumplimiento a la moción aprobada en el Pleno”. En relación con esta nueva medida, Álvarez anunció que el equipo de Gobierno llevará al próximo Pleno, que se celebrará este viernes, una moción que han intentado “que sea institucional”, en la que se propondrá la firma de un pacto social por el empleo para colectivos más vulnerables, “de forma que tanto las empresas en general como las dedicadas a la inserción en particular, se vean aún más impulsadas a apostar por la inclusión”.

El primer punto de la instrucción dictada por la Junta de Gobierno tiene que ver con la promoción del empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, de forma que el adjudicatario de un concurso público deberá observar en la ejecución del contrato una serie de obligaciones para obtener una mayor puntuación. La primera de estas obligaciones tiene que ver con el objeto de ejecutar el contrato, y el deber de contratar a un número de personas discapacitadas superior al exigido por ley general de las personas con discapacidad. El resto hace referencia a la contratación de personas pertenecientes a colectivos específicos.

Criterios a cumplir

Según se recoge en la instrucción dada, si la ejecución del contrato requiriera que la empresa contratista haya de emplear personal,este deberá ser contratado entre personas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas del Servicio Canario de Empleo (SCE) con una antigüedad de, al menos, seis meses.

Si se establecen varios criterios de adjudicación, y en caso de igualdad entre dos o más proposiciones, tendrá preferencia la empresa que se encuentre en alguna de las circunstancias siguientes: con menos de 50 trabajadores, cuente en su plantilla con un 2% de trabajadores fijos discapacitados, con 50 o más trabajadores, cuente en su plantilla con más de un 2% de trabajadores fijos discapacitados o que con 50 o más trabajadores y encontrándose en alguno de los supuestos de exepcionalidad previstos en la ley de derechos de las personas con discapacidad, cuente en su plantilla con un número de trabajadores fijos discapacitados no inferior al 2%. Por último, si el empate se produce entre empresas que cuentan con trabajadores fijos discapacitados, tendrá preferencia la que tenga mayor porcentaje de trabajadores fijos discapacitados.

Evitando la exclusión

Se especifica el deber de favorecer la inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en grave riesgo de estarlo, que estén desempleadas y tengan dificultades importantes para integrarse en el mundo laboral. Se incluye a las personas con disminución física, psíquica o sensorial o con enfermedades mentales, con posibilidades de inserción en el mercado de trabajo; personas destinatarias de la renta mínima de inserción; las que no puedan acceder a esta última renta o jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 provenientes de instituciones de protección de menores. 

También se contempla a las personas con problemas de drogadicción o alcoholismo en proceso de rehabilitación o internos de centros penitenciarios cuya situación les permita acceder a un empleo.