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Exdirectivos de Catalunya Banc deben ser indemnizados

   

EUROPA PRESS | Barcelona

El juez del Juzgado de lo Social 8 de Barcelona ha declarado improcedente el despido del expresidente de Catalunya Banc, Adolf Todó, y el exconsejero delegado, Jaume Masana, por lo que obliga a la entidad a readmitirles o a pagarles una indemnización de 600.000 euros a cada uno.

Según la sentencia, fechada el 4 de marzo y que será recurrida, las partes podrán elegir una de las dos opciones de mutuo acuerdo, y si no se alcanza, Catalunya Banc deberá abonar la indemnización. El juez exime de responsabilidad al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob), organismo que controla actualmente la entidad financiera, y que el 10 de mayo de 2013 notificó su despido a Todó y Masana.

En aquella carta de despido, que era igual para los dos exdirectivos excepto por su nombre y cargo, el Frob expuso que los hechos que motivaban su despido se basaban “en un incumplimiento grave y culpable de sus funciones”.

Lo argumentaba por su “enfrentamiento y oposición reiterada a las decisiones, criterios y estrategias adoptadas en el banco” por decisión de su único accionista, el Frob, especialmente tras la suspensión del proceso de venta de la entidad en junio de 2012 y marzo de 2013.

Para el Frob, ambos tuvieron de esta manera un posicionamiento contrario al interés del banco, con la “pretensión permanente de protegerse personalmente, eludiendo y excusándose de cualquier responsabilidad” por sus años de gestión y escudándose siempre en culpas ajenas.