X
ARONA >

La Sección Sexta de la Audiencia se abstiene de juzgar el caso Arona

   
Imagen de archivo del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. / DA

Imagen de archivo del Palacio de Justicia, sede de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. / DA

TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife

La Sección Sexta de la Audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife comunicó en la mañana de ayer a las partes del llamado caso Arona, un extenso sumario sobre supuesta corrupción en el referido municipio sureño, que se abstendrá de enjuiciarlo.

Dicha resolución, recogida en un auto que es firme al no admitir recurso alguno, se fundamenta en el hecho de que esta misma sección fue la que resolvió una catarata de recursos presentados por la gran mayoría de los acusados durante el período de instrucción.

Como quiera que la complejidad de dichos recursos obligó a los magistrados-jueces que componen esta Sección Sexta a valorar en parte el fondo del asunto, ahora entienden que tal circunstancia ha comprometido su imparcialidad, por lo que optan por renunciar al caso para evitar así una futura recusación a cuenta de lo expuesto.
La consecuencia directa de este auto para este sumario no supondrá más allá que un leve retraso en la tramitación del mismo, dado que no consta que ninguna de las otras dos secciones de lo Penal de la Audiencia tinerfeña, la segunda y la quinta, han entendido del caso Arona en ningún momento, por lo que bastará con un nuevo sorteo para realizar la nueva adjudicación. Sin embargo, algunos especialistas conocedores de este auto han recordado que sí hay otros sumarios en los que se han resuelto recursos por parte de las tres secciones, lo que, en caso de aplicarse la misma vara de medir, conduciría a un supuesto hasta ahora inédito por estos lares.
Sea como fuere, la decisión adoptada por los magistrados José Luis González, Juan Carlos Toro y Esmeralda Casado hace alusión de forma específica al auto que dictó la Sección Sexta con fecha del 29 de mayo de 2013. En dicho documento se resolvieron los recursos de apelación presentados por nada menos que veintisiete de los entonces treinta imputados por delitos contra la ordenación del territorio, tráfico de influencias, prevaricación, cohecho…

Así, el auto comunicado ayer recuerda lo trascendente de la resolución adoptada el año pasado, ya que fueron estimadas las alegaciones de hasta doce de los encausados. Por si fuera poco, el caso Arona no sólo ha tocado a la misma sección que tan importante papel ha jugado en la instrucción, sino que además ha tocado como ponente el mismo magistrado que lo fue el día en que resolvieron los recursos. Tras demostrar con varios ejemplos de aquel auto de mayo de 2013 que, efectivamente, se realizan juicios de valor propios de quien puede haber tomado “una posición previa incompatible con las exigencias propias de la imparcialidad en el enjuiciamiento”, la decisión de estos magistrados se antoja nítidamente fundamentada.