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Los sindicatos preparan demandas por la supresión total de la ‘extra’

   

Protesta empleados públicos Canarias contra recortes

Imagen de archivo de una concentración sindical contra los ajustes, en Santa Cruz de Tenerife. / DA

DOMINGO NEGRÍN MORENO | Santa Cruz de Tenerife

No se dan por vencidos. Los representantes sindicales de los 62.000 empleados públicos de la Administración autonómica de Canarias preparan acciones de diversa índole para revertir la supresión total de la paga extraordinaria de Navidad de 2012, después de que la Audiencia Nacional haya cuestionado la constitucionalidad de la medida aprobada en julio por el Gobierno de la nación.

En concreto, CSI.F ha puesto en marcha un envío masivo de correos electrónicos a sus delegados y afiliados en los que se les comunica que se va a reclamar a la Administración el abono de una parte de la extra. Esto implicaría la presentación de una demanda de cantidad económica por las cantidades dejadas de percibir. Este sindicato considera que la “opción más factible para todos” es la interposición de un conflicto colectivo para el personal laboral y una demanda a través de los delegados para el personal funcionario. El plazo para el personal laboral es de un año desde el abono de la nómina o la entrada en vigor de la norma. Mientras, los funcionarios disponen de cuatro años, desde el 15 de julio de 2012.

Paralelamente a las demandas conjuntas, cabe la posibilidad de que cada trabajador recurra por la vía administrativa. En este caso, la solicitud se registra como una reclamación previa cuya respuesta deberá conocerse en un mes como máximo. Luego, al afectado le asiste el derecho a llevar su demanda a un juzgado de lo social. En lo que respecta a los funcionarios y personal estatutario, la solicitud se presenta como reclamación. La Administración tiene un plazo de tres meses para contestar. A diferencia del personal laboral, la desestimación de esta reclamación inicial no supone la mayoría de las veces el agotamiento de la vía previa. Por ello, al interesado se le permite ejecutar un recurso de alzada.

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Dudas jurídicas

De conformidad con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, el personal del sector público (funcionarios y laborales, fijos o temporales) perdió la paga extraordinaria de diciembre. No obstante, y en contra del criterio del Ministerio de Hacienda, las comunidades autónomas de Extremadura, Navarra y País Vasco han adelantado a enero la paga complementaria de junio de 2013 para aliviar a sus trabajadores. Algunas corporaciones locales también han hecho sus apaños. El Ejecutivo canario rechazó una propuesta en esa línea.

El 14 de diciembre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló a favor de las organizaciones sindicales en cuanto a que no puede suprimirse toda la paga extraordinaria. Y la defensora del Pueblo recomienda, asimismo, que su eliminación no sea total.

Recientemente, una providencia de la Audiencia Nacional recoge la doctrina del Supremo que establece que las gratificaciones extraordinarias son salario diferido que se devenga a diario.

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