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Dávila gana otra batalla judicial y seguirá como alcalde hasta 2015

   
La sentencia confirma la continuidad de Dávila como alcalde. | M. PÉREZ.

La sentencia confirma la continuidad de Dávila como alcalde. | M. PÉREZ.

GABRIELA GULESSERIAN | Tacoronte

Otra batalla judicial ganada. Tras la anulación cautelar de la moción de censura presentada en octubre por los exediles del PSC-PSOE y los seis del PP para desbancar a Álvaro Dávila (CC) de la Alcaldía de Tacoronte, la Justicia volvió a dar la razón a este último que seguirá hasta 2015 y desestimó las alegaciones de los censurantes.

La sentencia, de la que cabe recurso, estima el presentado en su día por CC contra el acuerdo plenario en el que se proclamó alcalde al concejal Rodolfo León con el apoyo del PP; un nombramiento al que se opuso la secretaria municipal dado que no contaba con los votos necesarios exigidos al apoyarse en cinco ediles expulsados del PSOE.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Santa Cruz de Tenerife, declara vulnerado el derecho fundamental al acceso a cargo público electivo del alcalde destituido en la moción de censura “al no atenerse a la mayoría cualificada o reforzada exigida por la ley para su tramitación y votación”. Ello se debe a que los apoyos de los concejales del PSOE que la firmaron “incurrían en situación de transfuguismo, por contradecir los apoyos que en su día dieron a la constitución del Gobierno municipal” presidido por Dávila.

Como consecuencia de lo anterior, la sentencia declaró la nulidad de los actos administrativos recurridos, lo que conlleva el restablecimiento de Dávila con los efectos retrotraídos a la fecha del día de la moción de censura, explica el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en una nota.
El TSJC también considera una “conducta tránsfuga” la de los exediles del PSOE, que promovieron la moción “al haber dejado de pertenecer al grupo municipal al que estaban a escritos al comienzo del mandato, como consecuencia de su expulsión definitiva del partido”. La exigencia de mayoría reforzada está contemplada en el artículo 197 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General tras la reforma legal de 2011 para evitar el transfuguismo político.

Expediente de expulsión
Las otras cuestiones planteadas en la sentencia son la interpretación del citado artículo conforme a la Constitución Española, que en su artículo 67.2 prohíbe el mandato imperativo y las alegaciones sobre la falta de eficacia de la sanción de expulsión del PSOE en el momento de la admisión a trámite y votación de la moción de censura.

También se presentaron alegaciones sobre irregularidades y falta de garantías en el expediente disciplinario de expulsión de los ediles del PSOE. Si bien la competencia judicial para resolver esta últimas cuestiones corresponde a los Jugados y Tribunales de lo Civil, por tener los partidos políticos una naturaleza de asociación, el Juzgado Contencioso-Administrativo “las resolvió de manera prejudicial al constituir un presupuesto lógico necesario del caso y no haber sido planteadas ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente. Estas alegaciones fueron desestimadas, quedando el incumplimiento de la mayoría exigida por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para la tramitación, votación y aprobación de la moción de censura.
Tras conocer la decisión judicial, Álvaro Dávila confirmó que seguirá gobernando en minoría como hasta ahora, dado que en caso de firmar un pacto tendría que hacerlo con alguno de los grupos que presentaron la moción de censura, que siguen siendo mayoría. “No creo que ellos estén por la labor y para mí sería muy difícil conseguir un acuerdo con alguien que me presentó una moción de censura de forma ilegal”.

No obstante, recordó que en su momento, cuando retornó al Consistorio, le ofreció a Carlos Medina, el único edil del grupo socialista, formar parte del grupo de gobierno pero este rechazó la oferta dado que prefería reorganizar la agrupación local.

El regidor nacionalista insistió en que el pacto con el PSOE “nunca se rompió” sino que fue “una decisión individual de cinco personas” pese a que la relación entre ambos grupos no fue fácil durante el mandato, primero por la decisión del PSOE de apartar a Carlos Medina como primer teniente de alcalde y segundo, por el cese de competencias de dos ediles socialistas por presuntas irregularidades en la gestión.

Álvaro Dávila no pudo ocultar su alegría por la decisión judicial, “ya que respalda el informe de la secretaria municipal que en su momento se puso en duda, sobre todo por parte del abogado defensor de los no adscritos”.

Los expulsados apelarán; el PP no se sabe
Los concejales del PP y los no adscritos han elegido la misma estrategia que en diciembre, cuando se dictó la medida cautelar que devolvió a Álvaro Dávila la alcaldía: no pronunciarse. Por parte de los últimos lo ha hecho su abogado quien confirmó que recurrirá la sentencia “lo más rápido posible para que el tema sea revisado por el TSJC, porque es una aberración, ya que en tres casos idénticos de moción de censura como las presentadas en los Cabildos de La Palma, y El Hierro y en el Ayuntamiento de Tacoronte, se actúa de tres maneras diferentes y eso no puede ocurrir en un Estado de derecho”. El letrado insistió que la sentencia sigue “milimétricamente” el modelo de la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y no tiene en cuenta la reforma electoral de 2011 en la que se habla de transfuguismo “como el abandono voluntario”, cuando no es el caso de los no adscritos, quienes fueron expulsados del PSOE por los órganos del partido.