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Fotografiando a la policía > Sergio García de la Cruz

Nuestra constitución nos garantiza el derecho a la propia imagen. Derecho de cada individuo a que los demás no reproduzcan los caracteres esenciales de su figura sin consentimiento. Así, todo acto de captación, reproducción o publicación por fotografía, filme u otro procedimiento de la imagen de una persona en momentos de su vida privada, o fuera de ellos, supone una vulneración o ataque al derecho fundamental a la imagen.

Salvo los casos en los que se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública, y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público, o cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria al suceso o acaecimiento público. Esto no será aplicable a las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato, como son los policías.

El agente que observe la grabación de video o la realización de fotografías sin su consentimiento, puede requerir al autor que borre lo capturado, máxime cuando desconoce el uso que se le va a dar a esas fotografías, todo ello por evidentes razones de seguridad. No obstante, es oportuno recordar que el simple hecho del borrado de imágenes, al que se le invitará a realizar, no nos garantiza que posteriormente no puedan ser recuperadas con un simple software, por lo que a veces es aconsejable intervenir preventivamente los efectos o instrumentos utilizados. Se hará mediante acta levantada al efecto, con entrega de copia al interesado. Serán la Autoridad Judicial y el atestado correspondiente los que determinarán si se ha producido la  intromisión ilegitima.

Un caso distinto es cuando nos encontramos ante un conflicto entre el derecho a la propia imagen y el derecho a la información, pues se tratan de fotografías realizadas por un medio de comunicación, donde hay una información de interés público.

En este sentido, se plantea la disyuntiva de determinar quiénes pertenecen a un medio de comunicación y quiénes no. En marzo de 2011 el Ministerio del Interior firmó un convenio por un año prorrogable tácitamente con la Federación Asociaciones de Periodista de España, con el fin de que los profesionales de la información estén plenamente identificados en los lugares en que se produzcan actuaciones policiales, con un chaleco tipo peto de color blanco con la palabra prensa impresa, que irá acompañado de una acreditación personal.

Actualmente esto se ha retomado con más fuerza por parte de la Delegación del Gobierno de Madrid, en un intento de normalizar la prenda, haciéndola de obligado uso, junto con una acreditación oficial expedida por parte del Ministerio del Interior y de la Secretaría de Estado de las Comunicaciones. Evidentemente, esto evitará las falsificaciones y la situación actual de intrusismo.

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