economía>

‘Stop’ al fraude

lucha contra el fraude

MARÍA FRESNO | Santa Cruz de Tenerife

El Gobierno se ha propuesto combatir, de un plumazo, con la economía sumergida del país. La ya conocida como ley antifraude, que entró en vigor el pasado miércoles, refuerza las actuaciones de prevención contra el fraude fiscal que, unidas al proyecto de ley contra el fraude laboral y la reforma del Código Penal, suponen el mayor esfuerzo normativo en la lucha contra la economía sumergida.

El fraude a la Hacienda Pública es, prácticamente, una norma habitual en España, que se acentúa en la sociedad canaria. La conciencia tributaria no se ha propagado en nuestro país, tal y como demuestran las cifras del propio Gobierno que eleva al 22,5% la actividad “sumergida” en todo el territorio nacional y al 30% solo en el Archipiélago. La directora general de Trabajo, Gloria Gutiérez, calcula que, en las Islas, la mitad de los parados oculta un empleo, cifrando en 125.000 los trabajos no declarados. El caso es que si se estrapolan estos datos con las últimas cifras del paro, el resultado revela que se trata del 43% de las personas apuntadas al paro.

[apunte]Pagos en efectivo. Se limita a 2.500 euros el pago en efectivo en operaciones en donde participen empresarios o profesionales. Hacienda perdonará la sanción al que denuncie.[/apunte]

El problema, más allá de la situación de irregularidad en la que se encuentran muchas de las empresas del Archipiélago, es que este tipo de actividad está haciendo perder al Gobierno más de 500 millones de euros, unos 8.000 a nivel nacional. Según datos del Ejecutivo central, la Agencia Tributaria ingresó, entre enero y septiembre de este año, 8.500 millones de euros en la lucha contra el fraude, un 18,7% más de lo recaudado en el mismo periodo de 2011.

El ministro de Hacienda, Cristobal Montoro, en su empeño por acabar con la “lacra” de la economía sumergida y sumido en la idea de que a los españoles les ha aumentado la conciencia fiscal, destacó que el 54% de las inspecciones de la Agencia Tributaria se inician por “soplos”. Sin embargo, hay que tener en cuenta que este porcentaje se saca de un total de 997 denuncias, en un país con más de 37 millones de habitantes, siendo el crecimiento de 350 denuncias sobre las 647 del año pasado.

[apunte]Valores en el extranjero. Los contribuyentes deberán informar de las cuentas, valores e inmuebles en el extranjero. Las rentas no declaradas se imputarán al útimo periodo impositivo.[/apunte]

El presidente de la asociación de autónomos de Canarias, Juan Carlos Arricivita, insistió, por su parte, que el problema de la economía sumergida es de dos: “Del que da la factura sin IGIC y del que la acepta”. Acabar con esto es precisamente el live-motive de la norma, que aborda una bateria de medidas novedosas diseñadas expresamente para impactar en nichos tradicionales de fraude, con otras que refuerzan la seguridad jurídica del sistema tributario y potencian la recaudación.

Una de las medidas más ambiciosas consiste en la limitación de uso de dinero en efectivo en determinadas operaciones, teniendo en cuenta la legislación de países europeos, como Francia o Italia. Así, no se podrán pagar en cash operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos, un empresario o profesional. Esta limitación no se aplica a los pagos o ingresos con entidades de crédito. Quien incumpla esta norma tendrá que enfrentarse a multas del 25% del valor del pago hecho en efectivo que podrá satisfacer tanto el pagador como el receptor de forma solidaria. Pero si la denuncia procede de una de las partes, Hacienda, sin que sirva de precedente, perdonará la deuda.

[apunte]Fraude en el IVA. Se facilitan los embargos preventivos y demás medidas cautelares para garantizar el cobro de deudas tributarias.[/apunte]

Por otro lado, se obliga a todos los contribuyentes a declarar el capital y los bienes del extranjero y fija una multa mínima de 10.000 euros para los que no lo declaren, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se descubra. Este tipo de delito fiscal no prescribe.

Asimismo, se fija la exclusión del régimen de estimación objetiva para los empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares. Dicha exclusión operará para empresarios cuyo volumen de rendimientos sea superior a 50.000 euros anuales. Las actividades susceptibles de exclusión son las afectadas por la retención del 1%. Entre ellas, la albañilería, fontanería, pintura, carpintería o transporte de mercancías, entre otras.

Habrá que esperar unos meses para comprobar si esta ley, como quiere el Gobierno, ha servido realmente para combatir el fraude, si no siempre se puede copiar el modelo griego y optar por no pagar si no hay factura.