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Hoy toca reflexión

Carteles electorales por los suelos, en 2011. / SERGIO MÉNDEZ
Carteles electorales por los suelos, en 2011. / SERGIO MÉNDEZ

DOMINGO NEGRÍN MORENO | Santa Cruz de Tenerife

Lo que se haga o diga en casa durante esta jornada de reflexión forma parte de la intimidad, que, como el voto, es secreta por expresa decisión personal. Lo que está vedado en la víspera de las elecciones es hacer propaganda o cualquier actividad destinada a condicionar -ya sea por presión o sugerencia- el sentido del sufragio; un derecho que no se ejerce en cajas de cartón, sino en urnas transparentes.

Aunque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General obvia la palabra reflexión, sí delimita el periodo de la campaña electoral. En esta ocasión, entre el 8 y el 22 de mayo: “Comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria [31 de marzo]. Dura quince días. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación”. Abarca “el conjunto de actividades lícitas llevadas a cabo por los candidatos, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones en orden a la captación de sufragios”. No obstante, las limitaciones se establecen “sin perjuicio de las actividades realizadas por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas y, en particular, en el artículo 20 de la Constitución”, el que regula la libertad de expresión.

La prohibición de difundir encuestas electorales entró en vigor el martes 19.

Los delitos electorales serán sancionados con penas de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses. En concreto, se exponen a condenas de tres meses a un año de cárcel o una multa de seis a veinticuatro meses quienes realicen “actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral, infrinjan las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral”. Ni antes ni después pueden hacer proselitismo los miembros en activo de las Fuerzas Armadas y Seguridad del Estado, de las policías de las comunidades autónomas y locales, jueces, magistrados y fiscales ni los componentes de las juntas electorales. Se arriesgan a un escarnio jurídico.

Eso es así sobre el papel, pero los desafíos de la era digital crean agujeros en el tiempo. En circunstancias como estas, quizá las normas se embarullen en las redes sociales.

En otros países

– Reino Unido. Los británicos reflexionan votando. Está permitido hacer campaña el mismo día en un radio no inferior a los 250 metros de un colegio electoral.

– Alemania. No hay jornada de reflexión. La propaganda está prohibida a partir de las 00.00 horas del día de las elecciones.

– Italia. El “silencio electoral” dura dos días y medio.

– Francia. Jornada de reflexión similar a España.

– Portugal. Reflexiona sobre su jornada de reflexión.

– EE. UU. Ni reflexión ni restricciones sobre los sondeos.

– Rusia. Reflexión flexible.

– Costumbres. En algunos países se castiga la venta de bebidas alcohólicas durante la jornada electoral.